martes, 21 de julio de 2009

contexto institucional



reglamentos

articulo1.el sena busca potenciar las capacidades técnicas, intelectuales, físicas y humanas del alumno.

Articulo 2. En la formación profesional integral participa la comunidad educativa constituida por aprendices, docentes acudientes, egresados, entre otros.

Articulo 3. Es aprendices del sena toda persona que se vincula a la institución para desarrollar totalmente los procesos o contenido de una acción de formación.

Artículo 4: los aprendices del sena son responsables de su formación. El aprendiz debe ser consciente y vivenciar los derechos y deberes.

Articulo. 5: el jefe de centro tiene la función de aplicar las normas y las disposiciones referentes a los alumnos.

Artículo 6: el centro de formación profesional que tenga el servicio de internado para aprendices tendrá disposición específica inscrita en el ámbito del presente reglamento.

Articulo 7: las actividades de los centros de formación profesional y las áreas de desarrollo empresarial.

Artículo 8: todos los actores de la comunidad educativa coadyuvaran para la constitución política de Colombia, fundamentada en el respeto de la dignidad humana.

CAPITULO SEGUNDO

PROCESOS DE GESTION ACADEMICA

Articulo 10: el ingreso de aspirantes tiene como propósito informar a los aspirantes acerca de los cursos y demás eventos, sus requisitos de inscripción e identificar aquellos que cuentan con el perfil requerido por el programa de formación y por el medio laboral.

Artículo 11: de la validación
Es el proceso de verificación y reconocimiento de aprendizajes previos académicos y de experiencias laborales de las personas. Con el fin de identificar si dominio respecto de un programa de formación.

Artículo 12: de la homologación
Es el reconocimiento académico que hace el sena de los estudios o de una persona certificada por una entidad aprobada por el estado.

Articulo 13: de la evaluación del aprendizaje
La evaluación es un proceso permanente mediante el cual se verifica en forma objetiva y continua, la evolución, características y rendimiento académico del alumno.

Articulo 14: del registro
Es el proceso mediante el cual se consigna y conserva la información referente al desempeño del alumno.

Artículo 15: de la certificación
Al finalizar el alumno su proceso de formación y haber aprobado satisfactoriamente el programa en el cual esta matriculado, el sena le expide el reconocimiento a sus competencias.

Capitulo tercero derechos, deberes, distinciones y prohibiciones
Articulo 16: de los derechos de los alumnos
Es la potestad que tiene la persona gozar de libertades y oportunidades sin exclusión alguna por razones de sexo, raza origen familiar o nacional, politica, region o lengua.

Los alumnos del sena tienen derecho:

1. recibir formación integral, acorde con los principios generales de la educación colombiana.

2. recibir al iniciar el proceso educativo a través de la inducción, la información acerca de la naturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamiento del sena.

3. disponer de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su aprendizaje.

4. disfrutar de los beneficios de bienestar al alumnado orientados a garantizar la formación integral.

5. recibir un trato respetuoso de todos los integrantes de la comunidad educativa.

6. recibir de quienes tienen la responsabilidad directiva, docente y de apoyo a la formación.

7. ser escuchado y atendido en sus pericones respetuosas por directivos, docentes y personal administrativo.

8. a ser evaluado objetiva e integralmente y a conocer, dentro de los ocho días hábiles siguientes.

9. a solicitar, de manera respetuosa la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera merecer mayor calificación.
Para proceder con esta petición debe hacerlo en los dos días hábiles.

10. exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción interactiva.

11. recibir la certificación que le corresponda, según el nivel de formación alcanzado, siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente el programa respectivo.

12. presentar verbalmente o por escrito y en forma comedida, las sugerencias o iniciativas.

13. participar en las actividades académicas culturales, deportivas y sociales.
14. recibir estímulos, distinciones o incentivos por su espíritu investigativo habilidades académicas y deportivas.

15. expresar con libertad su pensamiento conocimiento e ideas respetando el derecho al mismo ejercicio.

16. recibir el carne estudiantil al iniciar su proceso formativo y renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes.

17. denunciar tratos, propuestas o actos inmorales.

18. a ser reintegrado a las actividades académicas y laborales en caso de incapacidad certificada.

19. para el caso de una trabajadora-alumna en estado de gravidez.al momento de comenzar su licencia por maternidad se suspende la actividad laboral.
-el sena autoriza el reintegro de la alumna incapacitada para continuar la acción de formación correspondiente.

20. participar activamente en el proceso de formación integral en ambientes educativos propicios.

Articulo 17:de los deberes de los alumnos

El deber es un vínculo moral, social y legal, que compromete a la persona asumir con la responsabilidad normal que propician la armonía.

conocer la misión y objetivos del sena.
conocer el reglamento para alumnos del sena
mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad educativa.
Respetar los símbolos patrios y las insignias del sena.
asumir su formación y superación personal .asistir regular y puntualmente a clase.
conservar y mantener un buen estado, orden y aseo a las instalaciones físicas.
-darle buen uso a materiales y equipos que nos brinda el sena
portar permanentemente el carné estudiantil que lo identifica como alumno del sena.
cumplir las normas y velar por la preservación de los recursos naturales.
utilizar ropa y uniformes apropiados para el desarrollo de las actividades.
velar porque se desarrollen las normas de seguridad industrial.
Articulo 18: de las distinciones de los alumnos

designación como monitor programa asignado o proceso respectivo.
financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos realizados.
distinción publica por su desempeño académico.

ARTICULO19
DE LAS PROHIBICIONES A LOS ALUMNOS

1. portar o usar armas de cualquier índole
2. comercializar o ingerir dentro de la institución
3. ingresar o salir de cualquier instalación del centro saltando muros, cercas o violando puertas
4. utilizar el nombre del sena para actividades particulares
5. hurtar, estafar o abusar de la confianza ser cómplice de los delitos
6. realizar fraude en evaluaciones
7. alterar, adulterar calificaciones o sustraer documentos oficiales
8. destruir o dañar los elementos del Sena
9. amenazar, sobornar, verbalmente a cualquiera de los miembros
10. impedir el desarrollo del centro
11. fumar en aulas, talleres, áreas restringidas

NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y DELA ASISTENCIA

El conjunto de normas que regulan el comportamiento y la asistencia de los alumnos del sena garantizan el respeto por los valores el orden y el proceso formativo

ARTICULO 20
DE LAS FALTAS
Se conocida falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y de las prohibiciones del presente reglamento.
Se clasifican en ACADEMICA Y DISIPLINARIAS

FALTA ACADEMICA es aquella que esta directamente relacionada con su compromiso en la aprobación y creación de conocimientos desarrollo de habilidades que manifiestan el incumplimiento a los deberes académicos

FALTA DISIPLINARIA es aquella que esta directamente relacionada con factores comporta mentales y que puede ser leve agrave

FALTA GRAVE es aquella que atenta contra la integridad fiscal el respeto y la honradez también constituida falta grave la omisión reiterada de medidas formativas

FALTA LEVE es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de la personas

ARTICULO 21
DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS POR FALTAS LEVES

Al docente y coordinador le corresponde aplicar acciones formativas para faltas leves puede ser:

1. llamado de atención verbal en privado
2. llamado de atención por escrito
3. establecimiento de un compromiso por el alumno

ARTICULO 22
DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS POR FALTAS GRAVES

El comité de evaluación le corresponde analizar la sircustancias las cuales sucedieron los hechos considerados como graves. La acción correspondiente puede ser
1. llamado de atención verbal en privado
2. llamado de atención por escrito
3. establecimiento de un compromiso firmado por el alumno


ARTICULO 23

El alumno debe ser escuchado y atendido en sus aclaraciones frente a hecho imputado.

ARTUCULO 24
LOS ACTOS ACADEMICOS

Dadas las actividades propias de los centro de formación profesional y áreas de desarrollo solo requieren de comunicación escrita por parte del jefe este debe darse a conocer a alumno

ARTICULO 25
DE LA ESTRUCTURA DEL COMOTE DE EVALUACIONES Y SEGUIMIENTO
Existirá y funcionara en todos los centros de formación profesional del sena estará constituido por el coordinador académico por docentes que orienten los programas de fonación.
Sus funciones son:
Analizar el rendimiento académico de los alumnos

ARTICULO 26
DE LA ASISTENCIA ALAS ACCIONES DE FORMACION

Es un deber de todo alumno la asistencia a todos los secciones de formación. Los alumnos se ceñirán a las siguientes disposiciones:
La etapa de fundamentacion teórica y practica cumplirá el horario establecido por el centro

Para los alumnos en cursos de formación e nuevo recurso humano
La inasistencia sin justificar 10%
La inasistencia justificada 5%
La ausencia sin justificar por 3 días cocecutivos

Para los alumnos en curso de formación nuevo humano y actualización
Si tienen motivos pararetirarse o ausentarse de una sección de formación deberán informar al docente
Si se ausenta por un termino de 3 días el comité analizara y pondrá medida al jefe de área de desarrollo


Los alumnos en curso de a actualización al faltar injustificada mente el 10%
Pierde el curso respectivo
Cuando el sena gestione patrocinio en una empresa y el alumno lo rechaza sin justa causa la entidad lo gestionara otro nuevo


CAPITULO 5
ETAPA PRÁCTICA EN LA EMPRESA

Es un componente indisoluble del proyecto formativo y tiene como objetivo la ampliación y construcción de los conocimientos
La presentación de servicios que un empleado hace a un empleador a cambio que este le proporcione medios para adquirir formación personal darle un oficio cuyo desempeño ha sido contratado por un tiempo determinado

ARTICULO 27

DE LAS DISPOCISIONES DEL CODOGO SUTANTIVO DE TRABAJO

Durante la esta etapa practica en la empresa el trabajador- alumno se ciñe a las disposiciones del sustantivos del trabajo y del reglamento interno de la empresa


ARTICULO 28
DE LA ASISTENCIA A REUNIONES DE SEGUIMIENTO
Durante la etapa práctica es obligatoria la asistencia del alumno a reuniones que programe el centro

ARTICULO 29
DE LA EVALUACION EN LA ETAPA PRACTICA EN LA EMPRESA

La evaluación en esta etapa se define como acción y desempeño del alumno en la empresa con el programa enviado por el sena

ARTICULO 30
DE LAS DETERMINACIONES UNILATERALES
El alumno debe abstenerse de tomar determinaciones unilaterales convenientes al contrato de aprendizaje sin el visto buen del empleador y el jefe de área de formación

ARTICULO 31
DEL CAMBIO DE EMPRESA PATROCINADORA

Es causal del cambio de entidad patrocinadora cuando el sena comprueba que el alumno no esta ejerciendo la practica

ARTIICULO 32
LA TERMINACION DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE

Es con justa causa por parte de l empleador será motivo para la cancelación de la matricula
En el sena un previo análisis y concepto d del comité de evaluación y seguimiento g






Capitulo sexto de la representación de los alumnos

-debe participar activamente en su formación profesional integral.

Artículo 33: de la participación
Debe asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación de los alumnos.

Articulo 34: de la elección de los voceros y de los representantes.
Los alumnos matriculados en programas de formación de nuevo recurso humano, elegirán democráticamente un solo vocero por ocupación mediante asambleas integradas por alumnos.
De entre los voceros se elegirán los tres únicos representantes de toda la comunidad estudiantil.
-los voceros y representantes de los alumnos lo son de sus derechos y deberes consignados en el capitulo.
Articulo 35: del perfil de los voceros y de los representantes

· Tener cualidades de líder, para cumplir a cabalidad sus funciones
· Haber cursado como mínimo el 40% del programa de formación
· Tener excelente comportamiento y rendimiento académico
· Tener cualidades de líder

Articulo 36: de las funciones de los voceros y de los representantes

Promover en coordinación con los representantes el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes.
Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus funciones.
Conformar comisiones de trabajo en las que participan los alumnos según expectativas y representarlas ante los alumnos docentes y directivos del centro.
Funciones de los representantes en cada centro de formación
Darse su organización
Promover en coordinación con los voceros la aplicación de los derechos.
Facilitar la resolución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre comunidad estudiantil.
Velar por el cumplimiento del reglamento para alumnos del sena.
Ser canales de comunicación entre los diferentes estamentos: alumnos, docentes, directivos.
-participar en el comité de evolución y seguimiento con voz y voto y en aquellos que se creen o fortalezcan para el mejoramiento de los procesos académicos y de bienestar al alumnado.
Apoyo a los voceros en sus comisiones de trabajo.

Capitulo séptimo
Actualización de reglamento.

Artículo 37: la dirección de formación profesional división de aprendizaje y reconocimiento complementara y actualizara el reglamento para alumnos del sena.








articulo1.el sena busca potenciar las capacidades técnicas, intelectuales, físicas y humanas del alumno.

Articulo 2. En la formación profesional integral participa la comunidad educativa constituida por aprendices, docentes acudientes, egresados, entre otros.

Articulo 3. Es aprendices del sena toda persona que se vincula a la institución para desarrollar totalmente los procesos o contenido de una acción de formación.

Artículo 4: los aprendices del sena son responsables de su formación. El aprendiz debe ser consciente y vivenciar los derechos y deberes.

Articulo. 5: el jefe de centro tiene la función de aplicar las normas y las disposiciones referentes a los alumnos.

Artículo 6: el centro de formación profesional que tenga el servicio de internado para aprendices tendrá disposición específica inscrita en el ámbito del presente reglamento.

Articulo 7: las actividades de los centros de formación profesional y las áreas de desarrollo empresarial.

Artículo 8: todos los actores de la comunidad educativa coadyuvaran para la constitución política de Colombia, fundamentada en el respeto de la dignidad humana.

CAPITULO SEGUNDO

PROCESOS DE GESTION ACADEMICA

Articulo 10: el ingreso de aspirantes tiene como propósito informar a los aspirantes acerca de los cursos y demás eventos, sus requisitos de inscripción e identificar aquellos que cuentan con el perfil requerido por el programa de formación y por el medio laboral.

Artículo 11: de la validación
Es el proceso de verificación y reconocimiento de aprendizajes previos académicos y de experiencias laborales de las personas. Con el fin de identificar si dominio respecto de un programa de formación.

Artículo 12: de la homologación
Es el reconocimiento académico que hace el sena de los estudios o de una persona certificada por una entidad aprobada por el estado.

Articulo 13: de la evaluación del aprendizaje
La evaluación es un proceso permanente mediante el cual se verifica en forma objetiva y continua, la evolución, características y rendimiento académico del alumno.

Articulo 14: del registro
Es el proceso mediante el cual se consigna y conserva la información referente al desempeño del alumno.

Artículo 15: de la certificación
Al finalizar el alumno su proceso de formación y haber aprobado satisfactoriamente el programa en el cual esta matriculado, el sena le expide el reconocimiento a sus competencias.

Capitulo tercero derechos, deberes, distinciones y prohibiciones
Articulo 16: de los derechos de los alumnos
Es la potestad que tiene la persona gozar de libertades y oportunidades sin exclusión alguna por razones de sexo, raza origen familiar o nacional, politica, region o lengua.

Los alumnos del sena tienen derecho:

1. recibir formación integral, acorde con los principios generales de la educación colombiana.

2. recibir al iniciar el proceso educativo a través de la inducción, la información acerca de la naturaleza de la formación profesional integral, de la estructura, organización y funcionamiento del sena.

3. disponer de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su aprendizaje.

4. disfrutar de los beneficios de bienestar al alumnado orientados a garantizar la formación integral.

5. recibir un trato respetuoso de todos los integrantes de la comunidad educativa.

6. recibir de quienes tienen la responsabilidad directiva, docente y de apoyo a la formación.

7. ser escuchado y atendido en sus pericones respetuosas por directivos, docentes y personal administrativo.

8. a ser evaluado objetiva e integralmente y a conocer, dentro de los ocho días hábiles siguientes.

9. a solicitar, de manera respetuosa la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera merecer mayor calificación.
Para proceder con esta petición debe hacerlo en los dos días hábiles.

10. exigir alto nivel académico, estrategias y metodologías basadas en la construcción interactiva.

11. recibir la certificación que le corresponda, según el nivel de formación alcanzado, siempre y cuando haya aprobado satisfactoriamente el programa respectivo.

12. presentar verbalmente o por escrito y en forma comedida, las sugerencias o iniciativas.

13. participar en las actividades académicas culturales, deportivas y sociales.
14. recibir estímulos, distinciones o incentivos por su espíritu investigativo habilidades académicas y deportivas.

15. expresar con libertad su pensamiento conocimiento e ideas respetando el derecho al mismo ejercicio.

16. recibir el carne estudiantil al iniciar su proceso formativo y renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes.

17. denunciar tratos, propuestas o actos inmorales.

18. a ser reintegrado a las actividades académicas y laborales en caso de incapacidad certificada.

19. para el caso de una trabajadora-alumna en estado de gravidez.al momento de comenzar su licencia por maternidad se suspende la actividad laboral.
-el sena autoriza el reintegro de la alumna incapacitada para continuar la acción de formación correspondiente.

20. participar activamente en el proceso de formación integral en ambientes educativos propicios.

Articulo 17:de los deberes de los alumnos

El deber es un vínculo moral, social y legal, que compromete a la persona asumir con la responsabilidad normal que propician la armonía.

conocer la misión y objetivos del sena.
conocer el reglamento para alumnos del sena
mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad educativa.
Respetar los símbolos patrios y las insignias del sena.
asumir su formación y superación personal .asistir regular y puntualmente a clase.
conservar y mantener un buen estado, orden y aseo a las instalaciones físicas.
-darle buen uso a materiales y equipos que nos brinda el sena
portar permanentemente el carné estudiantil que lo identifica como alumno del sena.
cumplir las normas y velar por la preservación de los recursos naturales.
utilizar ropa y uniformes apropiados para el desarrollo de las actividades.
velar porque se desarrollen las normas de seguridad industrial.
Articulo 18: de las distinciones de los alumnos

designación como monitor programa asignado o proceso respectivo.
financiación, publicación y divulgación de los trabajos investigativos realizados.
distinción publica por su desempeño académico.

ARTICULO19
DE LAS PROHIBICIONES A LOS ALUMNOS

1. portar o usar armas de cualquier índole
2. comercializar o ingerir dentro de la institución
3. ingresar o salir de cualquier instalación del centro saltando muros, cercas o violando puertas
4. utilizar el nombre del sena para actividades particulares
5. hurtar, estafar o abusar de la confianza ser cómplice de los delitos
6. realizar fraude en evaluaciones
7. alterar, adulterar calificaciones o sustraer documentos oficiales
8. destruir o dañar los elementos del Sena
9. amenazar, sobornar, verbalmente a cualquiera de los miembros
10. impedir el desarrollo del centro
11. fumar en aulas, talleres, áreas restringidas

NORMAS REGULADORAS DEL COMPORTAMIENTO Y DELA ASISTENCIA

El conjunto de normas que regulan el comportamiento y la asistencia de los alumnos del sena garantizan el respeto por los valores el orden y el proceso formativo

ARTICULO 20
DE LAS FALTAS
Se conocida falta, el incumplimiento de cualquiera de los deberes y de las prohibiciones del presente reglamento.
Se clasifican en ACADEMICA Y DISIPLINARIAS

FALTA ACADEMICA es aquella que esta directamente relacionada con su compromiso en la aprobación y creación de conocimientos desarrollo de habilidades que manifiestan el incumplimiento a los deberes académicos

FALTA DISIPLINARIA es aquella que esta directamente relacionada con factores comporta mentales y que puede ser leve agrave

FALTA GRAVE es aquella que atenta contra la integridad fiscal el respeto y la honradez también constituida falta grave la omisión reiterada de medidas formativas

FALTA LEVE es aquella que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de la personas

ARTICULO 21
DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS POR FALTAS LEVES

Al docente y coordinador le corresponde aplicar acciones formativas para faltas leves puede ser:

1. llamado de atención verbal en privado
2. llamado de atención por escrito
3. establecimiento de un compromiso por el alumno

ARTICULO 22
DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS POR FALTAS GRAVES

El comité de evaluación le corresponde analizar la sircustancias las cuales sucedieron los hechos considerados como graves. La acción correspondiente puede ser
1. llamado de atención verbal en privado
2. llamado de atención por escrito
3. establecimiento de un compromiso firmado por el alumno


ARTICULO 23

El alumno debe ser escuchado y atendido en sus aclaraciones frente a hecho imputado.

ARTUCULO 24
LOS ACTOS ACADEMICOS

Dadas las actividades propias de los centro de formación profesional y áreas de desarrollo solo requieren de comunicación escrita por parte del jefe este debe darse a conocer a alumno

ARTICULO 25
DE LA ESTRUCTURA DEL COMOTE DE EVALUACIONES Y SEGUIMIENTO
Existirá y funcionara en todos los centros de formación profesional del sena estará constituido por el coordinador académico por docentes que orienten los programas de fonación.
Sus funciones son:
Analizar el rendimiento académico de los alumnos

ARTICULO 26
DE LA ASISTENCIA ALAS ACCIONES DE FORMACION

Es un deber de todo alumno la asistencia a todos los secciones de formación. Los alumnos se ceñirán a las siguientes disposiciones:
La etapa de fundamentacion teórica y practica cumplirá el horario establecido por el centro

Para los alumnos en cursos de formación e nuevo recurso humano
La inasistencia sin justificar 10%
La inasistencia justificada 5%
La ausencia sin justificar por 3 días cocecutivos

Para los alumnos en curso de formación nuevo humano y actualización
Si tienen motivos pararetirarse o ausentarse de una sección de formación deberán informar al docente
Si se ausenta por un termino de 3 días el comité analizara y pondrá medida al jefe de área de desarrollo


Los alumnos en curso de a actualización al faltar injustificada mente el 10%
Pierde el curso respectivo
Cuando el sena gestione patrocinio en una empresa y el alumno lo rechaza sin justa causa la entidad lo gestionara otro nuevo


CAPITULO 5
ETAPA PRÁCTICA EN LA EMPRESA

Es un componente indisoluble del proyecto formativo y tiene como objetivo la ampliación y construcción de los conocimientos
La presentación de servicios que un empleado hace a un empleador a cambio que este le proporcione medios para adquirir formación personal darle un oficio cuyo desempeño ha sido contratado por un tiempo determinado

ARTICULO 27

DE LAS DISPOCISIONES DEL CODOGO SUTANTIVO DE TRABAJO

Durante la esta etapa practica en la empresa el trabajador- alumno se ciñe a las disposiciones del sustantivos del trabajo y del reglamento interno de la empresa


ARTICULO 28
DE LA ASISTENCIA A REUNIONES DE SEGUIMIENTO
Durante la etapa práctica es obligatoria la asistencia del alumno a reuniones que programe el centro

ARTICULO 29
DE LA EVALUACION EN LA ETAPA PRACTICA EN LA EMPRESA

La evaluación en esta etapa se define como acción y desempeño del alumno en la empresa con el programa enviado por el sena

ARTICULO 30
DE LAS DETERMINACIONES UNILATERALES
El alumno debe abstenerse de tomar determinaciones unilaterales convenientes al contrato de aprendizaje sin el visto buen del empleador y el jefe de área de formación

ARTICULO 31
DEL CAMBIO DE EMPRESA PATROCINADORA

Es causal del cambio de entidad patrocinadora cuando el sena comprueba que el alumno no esta ejerciendo la practica

ARTIICULO 32
LA TERMINACION DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE

Es con justa causa por parte de l empleador será motivo para la cancelación de la matricula
En el sena un previo análisis y concepto d del comité de evaluación y seguimiento g






Capitulo sexto de la representación de los alumnos

-debe participar activamente en su formación profesional integral.

Artículo 33: de la participación
Debe asegurar y garantizar el continuo ejercicio de la participación de los alumnos.

Articulo 34: de la elección de los voceros y de los representantes.
Los alumnos matriculados en programas de formación de nuevo recurso humano, elegirán democráticamente un solo vocero por ocupación mediante asambleas integradas por alumnos.
De entre los voceros se elegirán los tres únicos representantes de toda la comunidad estudiantil.
-los voceros y representantes de los alumnos lo son de sus derechos y deberes consignados en el capitulo.
Articulo 35: del perfil de los voceros y de los representantes

· Tener cualidades de líder, para cumplir a cabalidad sus funciones
· Haber cursado como mínimo el 40% del programa de formación
· Tener excelente comportamiento y rendimiento académico
· Tener cualidades de líder

Articulo 36: de las funciones de los voceros y de los representantes

Promover en coordinación con los representantes el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes.
Asesorar a los representantes elegidos en el cumplimiento de sus funciones.
Conformar comisiones de trabajo en las que participan los alumnos según expectativas y representarlas ante los alumnos docentes y directivos del centro.
Funciones de los representantes en cada centro de formación
Darse su organización
Promover en coordinación con los voceros la aplicación de los derechos.
Facilitar la resolución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre comunidad estudiantil.
Velar por el cumplimiento del reglamento para alumnos del sena.
Ser canales de comunicación entre los diferentes estamentos: alumnos, docentes, directivos.
-participar en el comité de evolución y seguimiento con voz y voto y en aquellos que se creen o fortalezcan para el mejoramiento de los procesos académicos y de bienestar al alumnado.
Apoyo a los voceros en sus comisiones de trabajo.

Capitulo séptimo
Actualización de reglamento.

Artículo 37: la dirección de formación profesional división de aprendizaje y reconocimiento complementara y actualizara el reglamento para alumnos del sena.





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